Obligación de presentar el F. 572 web en Enero



El 31 de enero vence el plazo que tienen los empleados en relación de dependencia para presentar via internet el F. 572 web informando a sus empleadores las deducciones personales, deducciones generales y, en caso de existir, percepciones por compras en el exterior, con el fin de que estos últimos realicen la liquidación anual (F. 649) del impuesto a las ganancias – régimen de retención de la Resolución General Nº 2437 (A.F.I.P.)

Los principales aspectos a tener en cuenta para cumplir con esta obligación son los siguientes:

LaResolución General Nº 3418 (A.F.I.P.), publicada en el Boletín Oficial del 21/12/2012, dispuso que los contribuyentes comprendidos en las ResolucionesGenerales Nros. 2437 y 2442, a efectos de cumplir con las obligaciones de información dispuestas por sus artículos 11 y 7º, respectivamente, deberán utilizar el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador” y generar el F. 572 web, en sustitución del formulario de declaración jurada F. 572, cuando se verifique alguno de los supuestos que seguidamente se indican:

La remuneración bruta, o las rentas obtenidas en el caso de los actores comprendidos en la Resolución General Nº 2442, correspondiente al año calendario inmediato anterior al que se declara sea igual o superior a doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000).