El organismo fiscal ha establecido, por medio de
distintas Resoluciones Generales la obligación de brindar informes periódicos
por parte de los contribuyentes creándole una mayor carga administrativa, de
implementación y control y sobre todo de severas sanciones en caso de
incumplimientos.
Impuesto a las Ganancias. Entidades exentas.Artículo
20 de la ley del gravamen.
Mediante el dictado de la Resolución General AFIP3.366 se establecen los requisitos que deberán cumplir las entidades que
soliciten el certificado de exención en el impuesto a las ganancias,
disponiendo que, de corresponder, deberán presentar la declaración jurada del
impuesto a las ganancias y la de los regímenes de información de participación
societaria, así como también la memoria, estados contables e informe de
auditoría en formato ".pdf".
A su vez, se establecen modificaciones al régimen de
información de empleadores respecto de las donaciones que efectúen por cuenta y
orden de sus empleados que deberá ser en cada mes calendario.
Se aprueba el programa aplicativo “Donaciones en
dinero y en especie - Empleadores” Versión 2.0.
La información deberá realizarse hasta el último día
del mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúen las donaciones.