Monotributo. Nuevo proyecto "salvador"



La propuesta presentada por el bloque radical en Diputados contempla modificaciones en los diferentes parámetros que delimitan el Régimen Simplificado. Además, faculta a la AFIP para que cada año actualice los valores para cada categoría. 

Claves de la iniciativa y la opinión de los especialistas
Con más de tres años de "olvido" y sin un gremio fuerte que reclame por su modificación, el Monotributo transita por un camino que se cierra cada vez más y obliga a sus inscriptos a abandonar el Régimen Simplificado.

Esto es así, debido a que los parámetros que delimitan su permanencia no fueron modificados desde el 2010, pese a que la inflación del período superó el 90 por ciento.

En este escenario, y frente a la inacción oficial, el bloque de diputados radical presentó un proyecto de ley que busca actualizar los parámetros que delimitan el Régimen Simplificado y poner fin a los tres años de "abandono". 

Ocurre que, permanecer en las categorías más altas de aquellos que desarrollan operaciones comerciales es imposible, debido a que cumplir con sólo dos gastos necesarios (pago de sueldos y de la cuota) representaría un 90% de los ingresos máximos de facturación permitida ($300.000).

Algo parecido sucede con quienes realizan locaciones o prestaciones de servicios.

Por ejemplo, un profesional que en 2010 facturaba $10.500 por mes estaba encuadrado en la categoría "H". Ahora bien, si éste hubiese ajustado su tarifa para 2011 un 19% (unos puntos por debajo de la inflación), facturaría $12.500 mensuales y treparía al último escalón.
Incluso, su permanencia en este peldaño sería temporal si repitiera el procedimiento de ajuste en un 20% por año (algo que parece lógico), ya que en 2013 debería abandonar el Régimen Simplificado porque su facturación mensual sería de $18.000 (el máximo permitido es de $16.667).
Asimismo, también se explicó que el aumento del valor locativo de los locales comerciales hizo que el Monotributo deje de ser una alternativa para quienes inician sus actividades. Y esto es así debido a que el precio de la renta de locales y oficinas superaba ampliamente los parámetros establecidos en la normativa.

La iniciativa por dentro
Como puntos salientes, el proyecto de ley -que lleva la firma de los diputados Fabián Rogel, Ricardo Gil Lavedra, Juan Tunessi, Pablo Orsolini y Victor Maldonado- establece nuevos valores para los ingresos brutos facturados y los alquileres devengados.

En efecto, la iniciativa eleva los montos de facturación fijando los máximos anuales en $400.000 para quienes realicen locaciones o prestaciones de servicios y en $600.000 para los que comercializan productos.

Concretamente, el proyecto determina los siguientes valores:

Asimismo, la propuesta propone elevar de $45.000 a $90.000 el máximo del valor locativo anual de los locales comerciales u oficinas que pueden utilizar los pequeños contribuyentes.

Del mismo modo, fija nuevos importes en las cuotas de cada categoría. Para ello modifica la parte impositiva estableciendo las siguientes cifras:

Vale recordar que las cuotas de los monotributistas cuentan con dos partes: la impositiva, que no recibió cambios desde el 2010; y la previsional -que incluye obra social y jubilación- que fue ajustada el año pasado.

Los diputados, además, facultan a la AFIP para "modificar, una vez al año, los montos máximos de facturación, los montos de los alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar".
En este sentido, Iván Sasovsky, titular del estudio que lleva su nombre, indicó que "es interesante" este punto, "porque plantea una alternativa de 'modificación' de los parámetros que definen al pequeño contribuyente" por parte del fisco. 

Y destacó que para evitar que los límites no se ajustan como corresponde "se deberían dejar expuestos en el cuerpo legal cuáles son los valores referenciales -aspecto objetivo material- en los que se debe basar la AFIP para actualizar el régimen y cada cuanto -aspecto temporal- debe realizarse ésta adecuación". 

De esta manera, según el experto, implicaría "una mayor eficiencia legislativa en términos formales y materiales, que sienta las bases para una solución sostenible en el tiempo".

Por último, la iniciativa autoriza al Poder Ejecutivo para que bonifique hasta en un 20% el impuesto integrado por aquellos pequeños contribuyentes que "cumplan con una determinada modalidad de pago o que guarden estricto cumplimiento con sus obligaciones formales y materiales".

Asimismo fija que quienes realizan actividades primarias y están encuadrados en la categoría B "no deberá ingresar el impuesto integrado y sólo abonará las cotizaciones mensuales fijas con destino a la Seguridad Social según la reglamentación que para este caso se dicte".

Conocida la iniciativa, Agustina O'Donnell, socia del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, afirmó que "la actualización de los montos es necesaria a efectos de dar cumplimiento a los propósitos tenidos en cuenta por el legislador en la creación del Régimen".

Esto es así, según la especialista, debido a que el objeto del Monotributo "no fue otro que incentivar el cumplimiento fiscal por parte de los actores más pequeños de la economía".

"En cuanto a la actualización anual de estos montos, es acertado convertir en obligación lo que es hoy una facultad ya que el Poder Ejecutivo suele ser reticente a ejercerla, en este caso y en otros, tal la otorgada en la Ley 26.731 para actualizar los montos de las deducciones y del mínimo no imponible en Ganancias", destacó O'Donnell.

Del mismo modo, Cristina Amengual, gerente de Impuestos del estudio San Martín, Suárez & Asociados, afirmó que "considerando la situación actual de los monotributistas, teniendo en cuenta que la última modificación al régimen rige a partir del año 2010 y que desde entonces nuestro país atraviesa un proceso inflacionario importante, este proyecto representa una adecuación necesaria, ya que los parámetros actuales han quedado muy desfasados respecto al contexto vigente".

Asimismo, destacó que "al incorporar la obligatoriedad de actualizar estos valores anualmente asegura que, mínimamente una vez al año, se estará revisando que los montos se correspondan con el contexto económico".

"Esperamos que este proyecto prospere y sea sancionado lo antes posible, ya que, si bien en la parte de servicios el Monotributo sigue conteniendo a un gran número de inscriptos, en la parte de comercio se hace cada vez más difícil la permanencia en el Régimen", concluyó.

Al respecto, Sasovsky indicó que la propuesta "es bien recibido porque mejora la situación actual, acercando el régimen a la realidad de los contribuyentes, pero que sea mejor no quiere decir que sea lo mejor que se puede hacer". 

"Considero que en el contexto actual necesariamente debemos aprovechar las oportunidades para sanear aquellas cuestiones de fondo que desvirtúan la esencia de los tributos, como lo es la inflación", explicó el especialista.

Y agregó: "Sin lugar a dudas todos creemos que como sociedad nos merecemos leyes maduras que contemplen cuestiones básicas de fondo, como lo es la actualización en forma automática de aquellas variables que ineludiblemente no pueden permanecer estáticas frente a la realidad del día a día".

Un camino cada vez más cercado
Los parámetros que delimitan las distintas categorías del Régimen Simplificado sufren desde hace casi tres años una estabilidad que no se condice con el aumento en el costo de vida que se produjo en el período.

Para sintetizar los efectos, la consultora tributaria Flavia Melzi explicó que "el ajuste de los valores nominales de facturación bruta del pequeño contribuyente, producidos como correlato del incremento en los costos generados por la inflación, hace saltar a éste de tramo en las escalas del gravamen".

Esto produce que los monotributistas tengan que "soportar un incremento en su cuota de fuerte progresividad, cuando en realidad no ha mejorado su nivel de ingresos ni presenta una mayor capacidad contributiva".

La especialista señaló que "aún si consideráramos como válidas las estadísticas oficiales (con guarismos significativamente inferiores a la real inflación operada) y aplicáramos sobre los montos de ingresos brutos de enero 2010 el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) elaborado por el INDEC, podríamos afirmar que la facturación bruta del pequeño contribuyente se habría incrementado nominalmente en 44,02%".

"Pero al no haberse aplicado tal ajuste a los tramos de escala, pasa a tributar porcentajes muy superiores derivadas del cambio de categoría, haciendo crecer exponencialmente la presión tributaria y quedando quienes revistaban en las categorías superiores directamente excluidos del régimen", concluyó Melzi.

Asimismo, en los considerandos de la propuesta, los diputados afirmaron que existen situaciones de gran atraso, entre las que se destaca el caso de "la categoría mínima (B) fija un ingreso mensual de $2.000 ($24.000 anuales), mientras que el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) será de $2.875 a partir de febrero de 2013". 

Y agrega: "En este mismo sentido, para permanecer en las categorías B y C, no se debe abonar en concepto de alquiler más de $750 mensuales, lo que no tiene correspondencia con los valores reales del mercado locativo comercial en Argentina".

La importancia del Monotributo
Por otra parte, los especialistas dejaron en claro la importancia de actualizar el Régimen Simplificado ya que es el primer contacto impositivo que tiene la mayoría de los contribuyentes.

En este sentido, Sasovsky explicó que "el Monotributo históricamente ha tenido una relación directa y de acompañamiento de muchos de los emprendimientos que se han desarrollado en la Argentina por los pequeños contribuyentes".
Y agregó que "siempre ha sido el punto de inicio para el despegue en el mundo de los negocios de quienes necesariamente no cuentan con los elementos suficientes para 'garantizar' patrimonialmente la condición de contribuyente frente al fisco".

Por Gonzalo Chicote \ Infobaeprofesional \ 09/03/2013