CETA. Trámite AFIP para venta de automotores usados

El CETA, Certificado de Transferencia de Automotores, es obligatorio presentarlo por todo vendedor (ya sea persona física, sucesión indivisa o jurídica) de un vehículo usado por operaciones  iguales  o  superiores  a  los  $ 30.000.-, o según conste en la tabla de valuación tabulada por marca, modelo y año del vehículo que se vende expedida por la D.N.R.P.A. (Dirección Nacional del Registro de Propiedad del Automotor), el que sea mayor. Es un trámite exclusivo del vendedor, que debe efectuarlo con su CUIT o CDI y su clave fiscal. Para saber toda la operatoria a seguir, la AFIP puso a disposición una Guía paso por paso de lo que debe hacerse y cómo. Haciendo click aquí baje el Instructivo en formato PDF.