Baja automática en el Monotributo. Nueva adhesión



La AFIP podrá disponer la baja automática ante la falta de ingreso del impuesto integrado y/o de las cotizaciones previsionales fijas, por un período de 10 meses consecutivos. Dicha baja no impedirá el reingreso al monotributo, siempre que se regularicen las sumas adeudadas en efectivo o a través de un plan de facilidades de pago.

No es requisito que el plan esté cancelado para adherirse nuevamente en el Régimen Simplificado. Una vez regularizada la situación, el alta al régimen no es automática, por lo que deberá realizar según corresponda lo siguiente: 

- En caso de solicitar nuevamente el alta en el régimen a partir del período en curso, deberá adherirse nuevamente a través de Internet, con su clave fiscal, en el servicio "Monotributo". Si al intentar realizar el alta por Internet se genera el "ERROR 90025" deberá seguir el procedimiento establecido en la consulta ID 12450717 a los efectos de seguir con el trámite. 

- En caso de solicitar nuevamente el alta en el régimen a partir de un período anterior al que está en curso, deberá dirigirse a la dependencia correspondiente.
 
ID 12450717
Evento 2442 - Error 90025

El servicio arroja el error "90025" porque a la fecha no se registran pagos que cancelen las obligaciones que dieron origen a la baja de oficio del régimen de Monotributo. 

Previo a solicitar una nueva adhesión, deberá abonar la totalidad de lo adeudado o presentar un plan de facilidades de pago. Una vez cumplido el trámite, deberá aguardar 48 hs. e intentar efectuar el alta nuevamente. 

Para aquellos casos en los que transcurrieron 48 horas o más de la regularización de la deuda que dio motivo a la baja de oficio, y el servicio continua arrojando el mensaje de error, deberá concurrir a la dependencia de AFIP en la cual se encuentra inscripto, a los efectos de solicitar el cambio de motivo de baja. Una vez modificado el motivo de baja, podrá realizar la adhesión por medio del servicio Web.

Fuente: CIT AFIP