La AFIP podrá disponer la baja automática ante la falta de ingreso del impuesto
integrado y/o de las cotizaciones previsionales fijas, por un período de 10
meses consecutivos. Dicha baja no impedirá el reingreso al monotributo, siempre
que se regularicen las sumas adeudadas en efectivo o a través de un plan de
facilidades de pago.
No es requisito que el plan esté cancelado para
adherirse nuevamente en el Régimen Simplificado. Una vez regularizada la
situación, el alta al régimen no es automática, por lo que deberá realizar
según corresponda lo siguiente:
- En caso de solicitar nuevamente el alta en el
régimen a partir del período en curso, deberá adherirse nuevamente a través de
Internet, con su clave fiscal, en el servicio "Monotributo". Si al
intentar realizar el alta por Internet se genera el "ERROR 90025"
deberá seguir el procedimiento establecido en la consulta ID 12450717 a los efectos de seguir con el
trámite.
- En caso de
solicitar nuevamente el alta en el régimen a partir de un período anterior al
que está en curso, deberá dirigirse a la dependencia correspondiente.
ID 12450717
Evento 2442 - Error 90025
Evento 2442 - Error 90025
El servicio arroja el error "90025" porque a la fecha no se registran pagos que cancelen las obligaciones que dieron origen a la baja de oficio del régimen de Monotributo.
Previo a solicitar una nueva adhesión, deberá abonar
la totalidad de lo adeudado o presentar un plan de facilidades de pago. Una vez
cumplido el trámite, deberá aguardar 48 hs. e intentar efectuar el alta
nuevamente.
Para aquellos casos en los que transcurrieron 48 horas
o más de la regularización de la deuda que dio motivo a la baja de oficio, y el
servicio continua arrojando el mensaje de error, deberá concurrir a la
dependencia de AFIP en la cual se encuentra inscripto, a los efectos de
solicitar el cambio de motivo de baja. Una vez modificado el motivo de baja,
podrá realizar la adhesión por medio del servicio Web.
Fuente: CIT AFIP