Se ha
interpretado que debe incluirse SAC: SCBA, 31/7/84, T. y S.S. 1985-117, CNAT,
Sala IV, “Mendoza, Maria c/ Casa de la Moneda Sociedad del Estado”. D.T.
1997-A-72; Id, Sala VI, 17/8/94, “Chocha, Sergio A. c/ SADE”, DT 1995-A-239.
En contra de la inclusión del SAC: CNAT, Sala VII, 20/11/1991, “Parente,
Miguel A. c/ Resero S.A.” DT 1992-A-1057.
Por otra
parte, el Art. 232 de la LCT dispone que “La parte que omita el preaviso o lo
otorgue de modo insuficiente deberá abonar a la otra una indemnización
substitutiva equivalente a la remuneración que correspondería al trabajador
durante los plazos señalados en el artículo 231”.
La jurisprudencia en general admite, en la base de
cálculo de esa indemnización que al salario mensual que hubiera correspondido
al trabajador se le adicione la parte proporcional del aguinaldo –“SAC s/
Preaviso”- rubro también de carácter indemnizatorio (CNAT, sala X, 27/10/1997,
“Márquez Aranguir, Julio c/ Centro Gallego de Buenos Aires”, D.J. 1999-3-150;
Id, sala III 24/03/1997, “Leguizamon, Luis c/ Compañía Elaboradora de Productos
Alimenticios S.A. s/ despido” D.T. 1997-B, 2512 y el criterio que la sustenta
es que si el preaviso hubiera sido otorgado, el aguinaldo se hubiese devengado.