Según la Resolución
General N° 3.357, publicada en el Boletín Oficial el 08/08/2012 se ha ampliado el universo de los sujetos obligados
a utilizar el sistema “Su Declaración”.
En tal sentido se establece que:
En tal sentido se establece que:
Las disposiciones entrarán en vigencia a partir del día 08/08/2012 y serán de aplicación respecto de las presentaciones de declaraciones juradas (F. 931), originales o rectificativas, correspondientes a los períodos devengados agosto de 2012 y siguientes.
La AFIP facilita
una guía paso a paso, para utilizar el aplicativo.
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